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Derecho de tutela, incapacidad y curatela

Un menor, o una persona incapacitada judicialmente, necesitan unas medidas de protección legal contempladas en nuestra legislación cuyo objetivo es proteger sus derechos e intereses.

La tutela y curatela

La tutela y la curatela son dos tipos de protecciones legales para estas situaciones.

Tutela:

Este tipo de protección se constituye, a través de un proceso judicial para:

  • Menores no emancipados que no se encuentran bajo la patria potestad de sus progenitores
  • Mayores de edad pero declarados incapaces
  • Menores en desamparo

Para estos casos, se designa una persona, que será el tutor y que entre otras obligaciones deberá hacerse cargo de su educación y formación.

El juez designará a un tutor entre: cónyuge, ascendientes de uno de los progenitores, hermanos, descendientes. También puede ser designado un tercero sin relación familiar. El juez solo tendrá en cuenta quién, a su juicio, está más capacitado para ejercer como tutor.

Derecho de tutela, incapacidad y curatela

Estas son algunas de las razones que imposibilitan a una persona para ser tutor:

  • Los que hayan sido condenados por un delito que se presuponga incompatible con desempeñar esta función.
  • Los que no tienen medios económicos o disponibilidad material para ejercer esta labor.
  • Los que tienen un conflicto de intereses con el menor o incapaz tutelado.

Si alguien es designado como tutor, puede renunciar por motivos como la falta de relación con el menor, su imposibilidad de hacerse cargo por compromisos personales o enfermedad, por carecer de medios económicos etc.

Además de su obligación en la formación del menor o incapaz, deberá hacerse cargo de administrar los bienes del menor y de representarle en la celebración de determinados actos.

Según de qué actos se trate, de forma previa necesitará una autorización judicial. En actos como la venta de patrimonio del menor, la renuncia a derechos, aceptación de herencias, solicitudes de préstamo etc.

El tutor, al comienzo de ejercer como tal, debe hacer un inventario de todos los bienes del menor, y, al finalizar su tutela, deberá volver a realizarse otro.

Curatela:

La curatela es una medida de protección para:

  • Menores emancipados: Se trata de aquellos menores de 18 años pero mayores de 16 que han conseguido la emancipación, es decir, la capacidad de disponer de sí mismo y sus bienes con libertad. La emancipación tiene unas limitaciones: no pueden pedir préstamos, enajenar bienes inmuebles o de gran valor etc. sin la autorización de sus padres o tutores. En el caso de la curatela, los padres del menor o bien han fallecido o bien se han declarado incapaces por lo que debe nombrarse a un curador.
  • Pródigos: Aquellos declarados judicialmente incapaces para administrar sus bienes.

La curatela se constituye como la vía para completar la capacidad de los menores emancipados o pródigos que no tienen plena capacidad para la realización de todo tipo de actos o están incapacitados para ello.

Incapacidad:

Cuando una persona, debido a diversas circunstancias está incapacitada física o psíquicamente para realizar según qué actos de su vida cotidiana, es posible que se solicite la declaración judicial de incapacidad.

Incapacidad judicial en Málaga

La incapacidad judicial debe ser solicitada judicialmente, con el fin de garantizar que se protegen los derechos e intereses de la persona que se desea incapacitar.

Pueden solicitarla su cónyuge o pareja en situación asimilable, sus ascendientes, descendientes o hermanos y en caso de no existir ningún de estos familiares, el Ministerio Fiscal.

Para iniciar este procedimiento, aquellos que solicitan la incapacidad deberán estar asistidos de abogado y procurador, que serán quiénes se encarguen de realizar todos los trámites necesarios.

Por parte de la persona incapaz, si este no es representado, será defendido por el Ministerio Fiscal.

Para la resolución de incapacitación será necesario presentar además una serie de pruebas que justifiquen dicha petición.

Nuestros abogados de derecho de familia de Málaga están acostumbrados a la realización de todos los trámites relacionados con la tutela, curatela e incapacitaciones.  Si necesita la asistencia legal de un abogado experto en estos temas, no dude en contactar con nosotros.

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